En la Zona de Andenes, el Concesionario deberá realizar las siguientes funciones:
- Controlar y registrar la fecha, hora y matrícula de cada camión, tanto al ingreso como a la salida de la Zona de Inspección.
- Dirigir que cada camión se estacione en el andén que le corresponda según el tipo de carga que transporte y fiscalización a la que será sometido (abierto, cerrado).
- Registrar y dejar constancia en un lugar de público conocimiento y visible fácilmente, de la hora en que el camión quede en condiciones de abandonar la zona de andenes, lo que ocurrirá una vez que hayan finalizado los procesos de inspección o aforo, estiba, encarpe y puesta de sellos, según corresponda.
- Cobrar la tarifa por sobretiempo de uso de andenes de control y aforo establecida en el artículo 1.12.2.2 cuando corresponda y,
- Dirigir la salida de los camiones de la zona de andenes.